LA REVISTA

Número 10

SEPTIEMBRE DE 2021

Número 10

Revista Septiembre 2021 - Número 10

Contenido:

El Cyberbullying

El ciberbullying acoso escolar cibernético

Estudios recientes del INEGI muestran, que en el último año el uso del internet y redes sociales se incrementó en un 75 % en la población de 12 años en adelante, debido al confinamiento por la pandemia y derivado de la decisión de las autoridades educativas a llevar a cabo las clases en línea…

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Crónica de un regreso anunciado

Crónica de un regreso a clases anunciado. Expectativa vs realidad

Cuando el pasado 24 de julio el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador anunció que se volvería a clases en agosto así “llueva, truene o relampaguee” hasta los más escépticos pensaron que ya habría un plan o protocolo de trabajo muy bien definido y detallado para garantizar no solamente el derecho a la educación de los alumnos sino su derecho a la salud y con ello a la vida.

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PIN Parental

PIN parental: el riesgo de bloquear el derecho a la educación sexual de las niñas, niños y adolescentes en México

En nuestro país el llamado PIN parental ha desatado una gran controversia en la sociedad y en el sector educativo, en donde es común encontrar voces a favor y en contra de esta iniciativa. Desde los que piensan que es una medida retrógrada y violatoria a los derechos de la niñez, hasta los que consideran que su aplicación evitaría la hipersexualización de la niñez a una temprana edad.

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EDITORIAL

Elvira Guadalupe Vázquez López

Cuando pensamos en un ejemplo reciente de los derechos en juego, no podemos dejar de observar el binomio derecho a la educación y derecho a la salud, mismos que han estado en constante contraposición desde el inicio de la pandemia. 

 

Sin duda ambos son interdependientes, y al tratarse los dos de la clase de los llamados Derechos Humanos o Derechos Fundamentales ni uno ni otro es más importante por sobre el otro, son igual de necesarios, y por tanto ambos tienen que ser garantizados y salvaguardados por la (s) autoridad (es) que sean las responsables y competentes para tal efecto. 

 

En el caso de Derecho a la Educación, al darse el pasado 30 de agosto del año en curso, el banderazo de arranque del ciclo escolar 2021-2022, se ha tenido que, a un mes de distancia en diversas ciudades del país no se ha logrado concretar la idea central de este procedimiento, nos referimos a la que acuñó que el plan de reapertura escolar sería de manera ordenada, segura y gradual, pero justo en este último adjetivo radica el riesgo de interpretación, pues al entender por “gradual” sin una ruta crítica a seguir, podemos esperar que haya centros educativos que abran sus puertas quizá hasta el próximo año, o que la “gradualidad” no alcance ni para eso. Y con esto se deja a una población con regreso presencial (híbrido) y a otra descobijada en el limbo de las diversas circunstancias que puedan acompañar al término gradual, provocándose con ello un piso diferente para la misma población objetivo, tanto la estudiantil como personal educativo. 

 

Por otro lado, en tratándose del Derecho a la Salud, ningún esfuerzo que resulte suficiente o necesario para garantizarlo, debería considerarse un exceso, es así que resulta sorprendente como ante la inminente posibilidad de contagio que ahora enfrenta la población infantil, resulta aún inconcebible tener en pausa a la gama que se ubica entre los 12 y 17 años de edad, generando argumentos de no necesidad de prevenir y que además a contrario sensu se pretende minimizar que de existir contagio en este sector la posibilidad de gravedad es “mínima” colocando en la indiferencia y desigualdad a personas, porque al hablar de vidas que pueden estar en riesgo (sin importar el rango de edad) ninguna es ponderable por sobre otra, todas gozan de igual grado de protección e importancia. 

 

Ahora bien, ante la necesidad de que a niños, niñas y adolescentes no se les vulnere más su derecho a la salud en esta pandemia (y además de manera aparejada, puedan ir a la escuela de una manera segura)  por la vía legal se han concretado  diversos ejercicios de Amparo Indirecto que han tenido por objetivo acercar a esa población a la inoculación con el biológico contra la COVID-19, las respuestas de los órganos jurisdiccionales federales ha sido en dos sentidos, uno el que da una lectura proteccionista y concede la suspensión a efecto de que previa valoración médica que demuestre la viabilidad en la aplicación de la vacuna, la autoridad de salud actúe en consecuencia, y la otra que ha determinado no conceder la salvaguarda de ese derecho. Derivado de estas contradicciones en días recientes se radicó en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la CT 243/2021 que, al resolverse logrará el posicionamiento de nuestro más Alto Tribunal Constitucional respecto de este tema. Estaremos atentos a lo que se dicte, y hacemos votos para que sea con una visión ampliamente garantista que busque ante todo eliminar cualquier escenario discriminatorio que ponga en riesgo la salud y a la postre la vida de la infancia y juventud mexicana. 

Ex Directora de la Casa de la Cultura Jurídica de la SCJN en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, se desempeñó como enlace administrativo de la coordinación de maestrías en el IIJ-UNAM.